Propiedad Intelectual e Industrial
Los derechos de propiedad intelectual otorgan a los creadores la retribución económica que les corresponde por la realización de sus obras y prestaciones, siendo además, un incentivo a la creación.
Estos derechos están reconocidos por el copyright © (derecho de copia), recogido en nuestro ordenamiento jurídico, para manifestar la existencia y reserva de derechos de propiedad intelectual.
La protección de los derechos de autor en el á mbito civil, se consigue a travé s del ejercicio de una serie de acciones, como la acción de cesación, o la de inde mnización de daños y perjuicios. De todo ello, se desprende la enorme importancia en términos económicos que supone el dictamen de un perito experto en la materia.
Una marca ofrece protección al titular de la marca, garantizándole el derecho exclusivo a utilizarla para identificar bienes o servicios, o a autorizar a un tercero a utilizarla a cambio de un pago. Los tribunales hacen respetar la protección de las marcas y, en la mayoría de los sistemas, tienen la potestad de sancionar la infracción de las marcas.
La protección de marcas obstaculiza asimismo los esfuerzos de los competidores desleales, como los falsificadores, por utilizar signos distintivos similares para designar productos o servicios inferiores o distintos.
La piratería está tipificada en el Código Penal en los artículos 270, 271 y 272, castigándose con penas de prisión y multa. Contemplándose penas de prisión de 6 meses a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
Como peritos en propiedad intelectual e industrial realizamos dictámenes técnico-periciales en casos de plagio y falsificación de patentes y marcas tanto a niveles privado como judicial.