El Perito


Según definición de la Real Academia Española, entendemos por perito: "sabio, experimentado, hábil, practico en una ciencia o arte; persona que de alguna materia tiene titulo de tal, conferido por el Estado; Persona que poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa, bajo juramento al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia".

Jurídicamente hablando, el perito es un experto en una materia que elabora un informe o dictamen cuya finalidad es demostrar una cuestión, generalmente discutida, en un procedimiento judicial. Su función es la de auxiliar al juez en aquellas materias que por su especificidad precisan de conocimientos, científicos, artísticos, técnicos o prácticos, de los que en principio, carece el juzgador.

Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.En lenguaje jurídico, el perito, es un experto en una materia que elabora un informe o dictamen cuya finalidad es demostrar una cuestión, generalmente discutida, en un procedimiento judicial